Abogados especialistas en Divorcio y Familia


Escribe o Llámanos

Primera cita gratuíta.
Más de 15 años de experiencia nos avalan

686 946 009 WhatsApp Ir a contacto
Calle Núñez Morgado 6, 1ºB
28036 Madrid

Arboleya y Fanjul Abogados

es un despacho fundado en el año 2011 por la Letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, doña María Fernanda Pardo Fanjul, con más de quince años de ejercicio profesional centrado en el ejercicio diario de la abogacía.

Nuestro despacho de abogados está especializado en Divorcios y Derecho de Familia.

DIVORCIO

Divorcio Mutuo Acuerdo, ante Notario, Divorcio Express y Contencioso.

Te ayudamos en el proceso

El mejor acuerdo

Cada familia es diferente y las soluciones en caso de divorcio también deben serlo, ajustándose a sus necesidades específicas.

CUSTODIA COMPARTIDA

Potegemos la parte más débil y más importante del proceso: Tus hijos.

Compete a ambos conyuges

Miramos por tus hijos

Siempre prevalece el interés del menor sobre el de los progenitores.
El Código Civil establece que cuando el Juez deba adoptar cualquier medida sobre la custodia, cuidado y educación de los hijos menores, velará por el cumplimiento del derecho de los hijos a ser oídos.

PENSIÓN COMPENSATORIA

Luchamos para que se haga un reparto justo de la carga económica.

Ayuda económica

No tener que depender

El artículo 97 del Código Civil señala las circunstancias sobre la pensión compensatoria a favor del cónyuge al que la separación o el divorcio produzcan desequilibrio económico. Ahora bien, en este campo como en otros del Derecho, la casuística es casi interminable.

SEPARACIÓN DE BIENES

Te indicamos cómo proteger tu patrimonio para no perderlo.

Conservar tu patrimonio

Lo mío es mío
Lo tuyo es tuyo

Si vas a contraer matrimonio y quieres que éste se regule por un régimen económico diferente al que rige en tu Comunidad Autónoma, o bien si has ya contraído matrimonio y quieres modificar el régimen, puedes hacerlo otorgando un documento público, escritura, en el que se establece cuál será el régimen aplicable.

Abogados especialistas en Divorcio y Familia


Escribe o Llámanos

Primera cita gratuíta.
Más de 15 años de experiencia nos avalan

686 946 009 WhatsApp Ir a contacto
Calle Núñez Morgado 6, 1ºB
28036 Madrid

Más sobre Arboleya Fanjul Abogados

Nuestro Despacho de abogados está especializado en el asesoramiento y la práctica judicial, principalmente, en la tramitación en el ámbito de derecho civil. Igualmente, también defendemos los intereses de nuestros clientes en el área del derecho penal económico, negligencias médicas y profesionales así como juicios rápidos de alcoholemia.

Divorcios

Derecho de Familia

Reclamación de Deudas

Derecho Civil

Comunidad de Propietarios

Propiedad Horizontal

Herencias

Derecho Sucesorio

Accidentes de tráfico

Derecho Penal

Negligencias Médicas

Derecho Penal
Divorcios y Separación de Bienes
%
Alimentos, Pensiones y Ejecuciones
%
Testamentos y Herencias
%

Divorcios Express

Juicios de Faltas

Herencias resueltas

Casos de Alcohol

Abogados especialistas en Divorcio y Familia


Escribe o Llámanos

Primera cita gratuíta.
Más de 15 años de experiencia nos avalan

686 946 009 WhatsApp Ir a contacto
Calle Núñez Morgado 6, 1ºB
28036 Madrid

Todo sobre Divorcios

Estamos especializados en la tramitación de procedimientos de divorcio centrándonos en la búsqueda de la solución más beneficiosa para cada cliente mediante un asesoramiento personalizado y ajustado a sus necesidades, ya se trate de procedimientos judiciales contenciosos, de mutuo acuerdo o divorcios notariales.

D ebe haber transcurrido 3 meses desde que se celebró el matrimonio, ya sea civil o por la Iglesia. La única excepción será en casos de maltrato o abusos en los que el interés de los hijos o del cónyuge que demanda el divorcio así lo justifican, es decir, cuando se acredite que existe un riesgo para la vida, para la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge que presenta la demanda de divorcio o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.
Requisitos para solicitar el divorcio express
Es imprescindible que exista un mutuo acuerdo entre los cónyuges. Si no hubiera acuerdo habría que acudir a un procedimiento contencioso, más largo y costoso.
Por otro lado, también es necesario presentar un convenio regulador que refleje el acuerdo al que han llegado ambas partes en cuanto a los efectos de la disolución de su matrimonio.
Requisitos del convenio regulador
Siempre debe estar redactado por un Abogado y tiene un contenido mínimo establecido por la ley relativo a: cuidado de los hijos; uso de la vivienda familiar y ajuar; pensión de alimentos; pensión compensatoria, en su caso…
La Ley exige que:
  • hayan transcurrido 3 meses desde la celebración del matrimonio
  • los cónyuges actúen de mutuo acuerdo
  • no existan hijos menores o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de los progenitores.
Ventajas del divorcio en el Notario
  • más barato porque no hay que pagar Procurador
  • más rápido solo depende de la disponibilidad de los firmantes
¿En qué Notario pude hacerse el divorcio?
La deberá tramitarse ante el Notario competente, que según la Ley de Notariado será cualquier Notario del último domicilio común del matrimonio o cualquier Notario del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los cónyuges.
Trámite del divorcio notarial
Se realiza mediante el otorgamiento de una escritura pública. Por tanto, es mucho más rápido que la tramitación judicial ya que se realiza en un solo acto
¿Qué documentos necesito?
  • Certificación literal de matrimonio o el libro de Familia
  • los documentos de identidad de los cónyuges
  • certificado de empadronamiento
  • un convenio regulador de la separación o del divorcio que la Ley exige que debe haber preparado un Abogado, si bien puede ser el mismo para ambos cónyuges.
M aecenas volutpat, diam enim sagittis quam, id porta quam. Sed id dolor consectetur fermentum volutpat nibh, accumsan purus. Lorem ipsum dolor sit semper amet, consectetur adipiscing elit. In maximus ligula metus pellentesque mattis.Praesent sed nisi eleifend, fermentum orci amet, iaculis libero fugiat nulla pariatur. Excepteur .
  • Interdum et malesuada fames ac ante
  • Malesuada fames ac ante ipsum
  • Nam blandit quam nibh, at fermentum
  • Interdum et malesuada fames ac ante
  • Malesuada fames ac ante ipsum
  • Nam blandit quam nibh, at fermentum
  • Interdum et malesuada fames ac ante
Revenue
Q ué son las capitulaciones matrimoniales?
Si vas a contraer matrimonio y quieres que éste se regule por un régimen económico diferente al que rige en tu Comunidad Autónoma, o bien si has ya contraído matrimonio y quieres modificar el régimen, puedes hacerlo otorgando un documento público, escritura, en el que se establece cuál será el régimen aplicable.
Si no otorgo capitulaciones, ¿cuál será el régimen de mi matrimonio?
En la mayor parte de España, en defecto de capitulaciones, rige el régimen de bienes gananciales.
En Cataluña, Valencia y Baleares el de separación de bienes. En Aragón, Navarra y parte de Vizcaya existe un régimen especial, similar al de gananciales.
¿A partir de qué momento tienen efecto las capitulaciones?
Una vez otorgadas, las capitulaciones deben inscribirse en el Registro Civil donde esté inscrito el matrimonio.
Si se otorgaron antes de contraer matrimonio, el régimen convenido por ambos cónyuges en las capitulaciones sólo tendrá efecto tras la boda.
Además, en este caso, la boda deberá celebrarse antes de 1 AÑO desde la firma de la escritura pública de capitulaciones.
Si se modifica el régimen, tras haber contraído matrimonio, tendrá efectos desde la firma de la escritura y la correspondiente inscripción en el Registro Civil.
¿Qué hace falta para firmar capitulaciones?
Es imprescindible que ambos cónyuges firmen en el Notario la escritura. Además, en caso de hacerlo antes de contraer matrimonio, debe llevarse la escritura al Registro Civil para su inscripción. Se puede cambiar el régimen tantas veces como quieran ambos cónyuges.
¿Tiene efecto retroactivo el cambio del régimen económico?
No, el cambio del régimen económico del matrimonio no tiene efectos retroactivos respecto de terceros, por ejemplo, los acreedores
G uardia y custodia compartida
Siempre prevalece el interés del menor sobre el de los progenitores.
El Código Civil establece que cuando el Juez deba adoptar cualquier medida sobre la custodia, cuidado y educación de los hijos menores, velará por el cumplimiento del derecho de los hijos a ser oídos.
¿Qué pasa si los padres no están de acuerdo?
Estos efectos y antes de pronunciarse sobre la concesión de la guardia y custodia compartida, en caso de no existir conformidad entre ambos progenitores, deberá recabar el informe el Ministerio Fiscal, oír a los menores que tengan suficiente juicio, y caso a los mayores de 12 años y valorar la relación de los padres con los hijos, debiendo someterse a informe del Equipo Técnico, adscrito al Juzgado, integrado por un psicólogo y un trabajador social que valoren la opción de custodia más adecuada para los menores.
Qué criterios se tienen en cuenta para establecer una guarda y custodia compartida
A la hora de establecer una custodia compartida el juzgador suele tener en cuenta: la buena o mala relación entre los cónyuges y el respeto mutuo a sus relaciones personales; la edad de los menores y número de hijos evitando la separación de éstos; del deseo de los hijos y de los progenitores; la práctica anterior en su relación con los hijos y sus aptitudes personales; disponibilidad de los padres; cercanía del domicilio; cumplimientos de los deberes respecto de sus hijos.
En qué consiste el Informe del Psicosocial
Estos profesionales se entrevistarán con los progenitores y los menores observando la relación de éstos con cada uno de sus progenitores y realizando pruebas diagnósticas a éstos; si bien este informe no es vinculante para el Juez, sí es fundamental y suele ser determinante a ha hora de resolver sobre el tipo de custodia y visitas que se establecerán en la Sentencia.
¿Da igual la edad de los niños para la guardia y custodia compartida?
Habitualmente, los Juzgados no establecen una régimen de custodia compartida para los menores de 7 años puesto que, según los expertos, con esa edad, se torna más una medida desestabilizadora que beneficiosa para el menor.
R egulación Pensión Compensatoria
El artículo 97 del Código Civil señala las circunstancias sobre la pensión compensatoria a favor del cónyuge al que la separación o el divorcio produzcan desequilibrio económico. Ahora bien, en este campo como en otros del Derecho, la casuística es casi interminable.
Cuándo se puede solicitar una pensión compensatoria
Aquel cónyuge al que la separación o el divorcio haya causado un desequilibrio económico podrá solicitar en su demanda o contestación que se le conceda una pensión cuando se cumplan dos circunstancias:
  • el desequilibrio se produzca como consecuencia de la separación o divorcio;
  • el desequilibrio suponga que la situación económica empore en relación con la situación anterior en el matrimonio.
En qué consiste la compensación
Tanto en el convenio como, en su caso, la Sentencia puede fijarse uno de los siguientes medios para reestablecer la situación económica del cónyuge cuya situación ha resultado perjudicado:
  • Pensión temporal, esto es, por un tiempo, por ejemplo una periodo que permita reintegrarse al mercado laboral.
  • Pensión indefinida, esto es, por vida, habitualmente esta opción sólo se prevé en caso de personas de edad avanzada que no hayan tenido acceso al mercado laboral.
  • Una prestación única, menos habitual.
Qué aspectos se tienen en cuenta a la hora de establecer una pensión comensatoria
Habitualmente, los Juzgados tienen en cuenta la edad, la duración del matrimonio, el cuidado prestado a la familia y las dificultades para acceder a un puesto de trabajo remunerado.

Así, cuanto mayor sea la edad del cónyuge que se ha visto perjudicado, y sea éste el que se ha dedicado al cuidado de los hijos y de la familiar, más probabilidades existen de que se conceda a éste una pensión compensatoria.

Abogados especialistas en Divorcio y Familia


Escribe o Llámanos

Primera cita gratuíta.
Más de 15 años de experiencia nos avalan

686 946 009 WhatsApp Ir a contacto
Calle Núñez Morgado 6, 1ºB
28036 Madrid

Reseñas de clientes

Abogados especialistas en Divorcio y Familia


Escribe o Llámanos

Primera cita gratuíta.
Más de 15 años de experiencia nos avalan

686 946 009 WhatsApp Ir a contacto
Calle Núñez Morgado 6, 1ºB
28036 Madrid

Formulario de contacto

Abogados especialistas en Divorcio y Familia


Escribe o Llámanos

Primera cita gratuíta.
Más de 15 años de experiencia nos avalan

686 946 009 WhatsApp Ir a contacto
Calle Núñez Morgado 6, 1ºB
28036 Madrid